El Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras, a través de la Dirección General de Bosques y Fauna informó que según resolución Nº 1861/ 2016 del citado organismo, decidió extender la veda del dorado en aguas de jurisdicción provincial a partir del 1 noviembre del corriente año hasta el 1 de noviembre del año 2017, debido a factores climáticos desfavorables para el desove y fecundación correspondiente de la especie.
Sólo se admite pesca y devolución, recomendando el uso de anzuelos lisos o sin rebaba, quedando prohibido el transporte y la comercialización de esta especie.
Además se informa que los ejemplares y cupos permitidos por pescador son: tararira o soco 8 piezas y 40 cm. de tamaño mínimo, bagres, bogas y sábalos 10 piezas con tamaño mínimo de 30 cm. Cada pescador puede extraer un máximo de 15 piezas varias respetando los cupos, siempre munidos de su correspondiente licencia de pesca deportiva que otorga la Subdirección de Fauna.
También comunica que se encuentra prohibido el uso de explosivo, redes, yo-yo, canasta, flechas y tramayo. Sólo se permite el uso de caña, reel, anzuelo y carnada viva o señuelo, desde la orilla o embarcados. Se recuerda que los puentes, caminos y banquinas no son lugares habilitados para el desarrollo de la pesca deportiva, motivo por el cual se solicita evitar estos lugares, con el fin de resguardar su seguridad, el de los transeúntes y vehículos que circulan.
Fuente: Nuevo Diario
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